Friday, May 9, 2014

Cochabamba El Centro de Conciliación y Arbitraje de Cochabamba atiende hasta 50 casos por año

El Centro de Conciliación y Arbitraje trabaja hasta con 20 casos de conciliaciones y hasta 30 procesos de arbitraje anualmente, servicios que implican métodos alternativos a la justicia ordinaria para la resolución de conflictos, porque no se necesita ir ante un juez o un tribunal de justicia, informó su presidente, Iván Anaya Armijo.

Durante la posesión de la Comisión de Conciliación y Arbitraje realizada ayer por la noche, Anaya explicó que solucionar los conflictos por la conciliación “es lo perfecto”. Las partes llegan a un acuerdo sin necesidad de que alguien diga que ganó o perdió, porque los implicados negocian, conversan, se escuchan y buscan la solución ellos mismos. Sin embargo, cuando la conciliación no funciona, se pasa a un arbitraje, donde un tercero decide quién ganó en el proceso.

Los servicios están abiertos a toda la población y tienen un costo que se paga de acuerdo al monto establecido para la solución.

“No es un monto alto, es razonable”, recalcó Anaya, a tiempo de recordar que la suma más alta con la que llegaron a trabajar fue de 20 millones de dólares. Además, dijo que de un caso de hasta los 30 mil dólares, los honorarios son entre 1.500 y dos mil dólares.

Beneficios

Ambos procesos se realizan por una vía privada, guardando confidencialidad y reduciendo el tiempo, porque en seis meses se tiene la resolución de un conflicto, lo que en la justicia ordinaria podría durar entre seis y ocho años, señaló Anaya.

Asimismo, cada persona que entre al proceso de arbitraje tiene derecho a escoger de la lista de especialistas del centro, quién será su árbitro.

“Es una persona de confianza, que sacará el resultado correcto”, dijo el presidente del centro.

Avalados por la Ley 1770 de la Constitución Política del Estado que establece el arbitraje y reconoce a los centros como instituciones que pueden y deben participar en la solución de los conflictos, lo que dicta el Centro de Conciliación y Arbitraje es de cumplimiento obligatorio.

Anaya, señaló que en la conciliación se firma un acta y en un arbitraje se emite un “laudo arbitral, que es como una sentencia”, en ambos casos, dichos instrumentos legales obligan a las partes al cumplimiento. En el supuesto de que no se acate el resultado, se puede acudir a la justicia ordinaria.

“Todos los casos son de carácter patrimonial”, puntualizó Anaya, es decir que los procesos se realizan donde existen intereses económicos de por medio.

“No podemos entrar al aspecto penal, laboral, ni familiar, sólo de índole civil patrimonial”, aseveró. Asimismo, ante la nueva Ley de Promoción de Inversiones (LPI), Anaya manifestó que no sólo se reconocería el arbitraje, sino se lo potenciaría, en el sentido de “que se podría ampliar su ámbito, la idea es manejar casos de auditorías médicas y el arbitraje de consumo que no existe en el país”.

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