Sunday, August 3, 2014

Juristas ven inviable revocar a los magistrados

Después de más de 2 años y 8 meses de que los magistrados electos fueran tomados por el Gobierno como un proceso modelo digno a imitar, ahora el mandatario y la Ministra de Justicia, sugirieron que sean sometidos a un referéndum revocatorio. Situación cuestionada por expertos, quienes consideran una propuesta inconstitucional e incluso con tinte electoral. Sin embargo, el titular del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) está dispuesto a enfrentar, pero no mejora la crisis institucional del Poder Judicial.

Diputados denuncian y senadores juzgan. El constitucionalista Saúl Paniagua, dijo que la figura del revocatorio por voto popular atenta contra la Constitución Política del Estado (CPE). "De acuerdo al artículo 195 de la Carta Magna, es el Consejo de la Magistratura el que promueve la revocatoria de mandato de magistrados del TSJ y del Tribunal Agroambiental", afirmó el jurista. Ahora según la Ley de Juzgamiento o Ley 044, establece que los diputados tienen la facultad de denunciar y los senadores de juzgar, pero de ninguna manera expresa que sea llevado a un referéndum. Indicó que las declaraciones del jefe de Estado están lanzadas directamente al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) por frenar la Ley del Notariado al considerarla inconstitucional.

Reformar la CPE. En esa línea, el también constitucionalista William Herrera, dijo que ante las sugerencias del mandatario boliviano, lo que se debe hacer es reformar la CPE. Salvo que hubiese una norma interpretativa en ese sentido, pero en ningún caso un revocatorio. Argumentó que a raíz de que la elección por voto popular, no fue una medida idónea, porque la crisis del Poder Judicial se agravó mucho más, por lo que la solución no pasa por esa instancia. En ese sentido, sugiere que se busque el mecanismo que permita designar a los profesionales más idóneos y eso pasa por la selección a través de la meritocracia para intentar salvar la crisis del Poder Judicial.

Demagogia electoral. Por su parte, el jurisconsulto Alejandro Colanzi, sostiene que la propuesta del presidente-candidato, es demagogia electoral. "Como Evo Morales sabe que su muerto no lo puede revivir y no le interesa hacerlo, porque es funcional a sus planes de poder, lanza esa sugerencia a pesar que sabe que es inviable", indicó. Comentó que la única vía es modificar la Constitución y se necesita los dos tercios en el Parlamento para que se aprueben esas reformas y se lleve a un referéndum revocatorio. Sin embargo, alguien podría sostener que es un tema estructural y por lo tanto correspondería llamar a una nueva Asamblea Constituyente.

Las leyes son para cumplirlas. Según el expresidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Fernando Cuéllar, las leyes son para cumplirlas y no jugar con ellas.

El también decano de la Facultad de Derecho de la Udabol, dijo que si hace casi tres años se eligieron las autoridades judiciales, y cuando no les dan resultados al Gobierno Nacional, pretenden activar un mecanismo que no se adecúa constitucionalmente. Cuestionó al Poder Ejecutivo ya que insisten en esa consulta ciudadana para revocar aquellos magistrados que no respondieron a los compromisos políticos asumidos con el partido de Gobierno.

Indicó que el referéndum tiene que tener un procedimiento serio del Congreso Nacional con un porcentaje de al menos el 20% del Padrón Electoral, para que pueda convocar al revocatorio.

Magistrado dispuesto a someterse. Por su parte, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Jorge von Borries, dijo estar dispuesto a someterse a la voluntad popular. El magistrado afirmó que primero se tiene que hacer el referéndum para que se habilite el revocatorio de las autoridades judiciales. Indicó que en la Carta Magna se excluye al Órgano Judicial, pero está en manos del Legislativo proceder con el mecanismo.

Aclaró que de ninguna manera un proceso revocatorio de las autoridades del Poder Judicial soluciona la crisis de la justicia en Bolivia. Considerando de que uno de los problemas, es que los parlamentarios hasta la fecha no han aprobado los nuevos procedimientos penales y civiles acordes con la normativa constitucional.

Debate serio. Mientras que el titular de los magistrados de Santa Cruz, Emerson Figueroa, sugirió que primero se debe hacer un análisis serio antes de tomar una medida radical. "Después del mencionado debate se debe realizar un diagnóstico si la postura del Poder Ejecutivo tiene asidero legal y para ello tendría que estar contemplado dentro de la CPE", remarcó. Aclaró que la solución a la crisis judicial es integral y al igual que Von Borries, dijo que pasa por aprobar normas, capacitación y planificar metas a corto, mediano y largo plazo, con la participación de los actores involucrados.

Ley del Régimen Electoral
El revocatorio es solo para las autoridades políticas

Lley del Régimen Electoral (ley 026). artículo 25. (alcance del revocatorio) I. La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional a través del cual el pueblo soberano decide, mediante sufragio universal, sobre la continuidad o el cese de funciones de las autoridades elegidas por voto ciudadano.
La revocatoria del mandato es el derecho del electorado a destituir del cargo a un funcionario antes de que concluya el período de su mandato.

II. Se aplica a todas las autoridades electas por voto popular, titulares y suplentes, a nivel nacional, departamental, regional o municipal.
No procede respecto de las autoridades del Órgano Judicial ni del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

III. Se origina únicamente por iniciativa popular y en una sola ocasión durante el periodo
constitucional de la autoridad sujeta a revocatoria.

Punto de Vista

"Técnicamente es posible, pero no soluciona la crisis judicial"

Ciro Áñez Núñez
Experto en Derecho Constitucional

"El revocatorio al mandato de las altas autoridades del Órgano Judicial en el Estado Plurinacional de Bolivia, técnicamente es posible, reflejado en el artículo 195 numeral 1 de la Constitución Política del Estado que a la letra expresa lo siguiente:

'Son atribuciones del Consejo de la Magistratura de Justicia, además de las establecidas en la Constitución y en la ley: Promover la revocatoria de mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y del Tribunal Agroambiental (TAA), cuando, en el ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley'.

Sin embargo, esto nada tiene que ver con acabar con la crisis judicial, porque es un problema estructural.

Ya que amerita un análisis responsable basados en el sentido común y la experiencia; y, para ello los antecedentes históricos son vitales.Cabe recordar que aquella peculiar forma de elección de magistrados realizada el 16 de octubre del 2011, administrada por el Tribunal Supremo Electoral del país tuvo el siguiente resultado :

Los votos nulos y blancos alcanzaron el 60% del total del electorado escrutinado (lo cual demuestra el rechazo del pueblo hacia dicho mecanismo de elección).

Sumado a ello, ha quedado patentada la preocupante crisis en la administración de justicia, al extremo (sin precedente) que tanto propios como extraños han tenido que admitirlo (por lo tanto, queda demostrado que en realidad se han empeorado las cosas).

Si realmente deseáramos obtener resultados distintos, es menester dejar de lado lo que venimos haciendo (esto es, la elección por voto popular) y desencantarnos por la elección de magistrados basados en la meritocracia y la ética profesional bajo determinados consensos como preveía la antigua Constitución Política del Estado.

Junto a ello, es propicio el compromiso sincero de todos los políticos y burócratas en general del Estado Plurinacional de Bolivia, de evitar el abuso del poder político del Gobierno de turno, lo cual implica entre otras cosas, ser cada vez más respetuosos con la independencia y la autonomía del Órgano Judicial, evitando utilizarla para perpetuación del cargo".

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