Sunday, December 21, 2014

Exigen reformar la elección de magistrados

Ante los cuestionamientos a la administración de justicia, tanto por la oposición como por el oficialismo, surge la idea de buscar nuevas alternativas de elección de magistrados en Bolivia. Por ello, expertos en la rama del Derecho, sugieren cambios profundos en la Constitución Política del Estado (CPE). Aunque la solución a la crisis judicial, sostienen cuatro juristas y un opositor, pasa por la descontaminación a través de una verdadera independencia de poderes, libre de injerencia. Sin embargo, el MAS niega la influencia del Gobierno en las decisiones judiciales.

Fortalecer el sistema de partidos políticos. El constitucionalista Saúl Paniagua, dijo que es de vital importancia el fortalecimiento al sistema de partidos políticos. "La única forma que los ciudadanos tengan la posibilidad de acceder a este tipo de elecciones judiciales, es evitar los dos tercios en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP)", afirmó. Dijo que se debe apostar a recuperar el derecho de ciudadanía, es decir que el poder político hegemónico no se abrogue la potestad de preselección de los magistrados. Aclaró que mientras no suceda esa situación, vanos serán los esfuerzos en reformar la Carta Magna, ya que la estructura oficialista seguirá teniendo influencias sobre los aspirantes al cargo.

La elección fue un error histórico. Según el director del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Ángel Paz, fue un error histórico la elección de las máximas autoridades del Poder Judicial en el país. Remarcó que para postular a cualquier cargo, es necesario el examen de competencia y concurso de méritos, si es que se quiere autoridades probas.

Además se debe garantizar el respeto a los derechos a los magistrados, alejando la injerencia del poder político, caso contrario, las autoridades serán sumisas al partido de Gobierno. Advirtió que aquellos que desobedezcan a los designios del Poder Ejecutivo, serán sometidos a procesos de responsabilidades, como lo que está sucediendo con los altos magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

Justicia colapsada. Para el decano de la Facultad de Derecho de la Udabol, Fernando Cuéllar, la justicia boliviana se encuentra colapsada.

"La causa es la intromisión evidente del Poder Ejecutivo, frente al Legislativo y al Judicial", comentó.

Mencionó que una muestra clara es el juicio a tres representantes del TCP, por el delito de admitir sin resolver, un recurso planteado por el cual consideran que hubo vulneración de derechos. Consideró que la elección que se hizo de magistrados no fue adecuada, porque siempre salen favorecido los afines al partido en función de Gobierno, porque son los legisladores quienes definen.

El problema es la calidad de profesionales. El expresidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Marcelo Arrázola, dijo que la problemática está en la calidad de los postulantes al cargo. Remarcó que normativamente se avanzó y no se requiere mayores reformas a la CPE para tener autoridades idóneas, pero la falla está en los legisladores nacionales. Al igual que los errores en las personas que ejercieron el cargo, profundizando la crisis del Poder Judicial. Además otra de las dificultades, está en la reforma a la Ley del Órgano Judicial, que a previsto en los niveles de vocales y jueces se trunque la carrera judicial, como el reducir a dos años de experiencia.

Proceso irregular. Mientras que el diputado de Convergencia Nacional (CN), Adrián Oliva, dijo que desde el inicio de la elección de magistrados, se manejó de manera irregular.

"En la selección de candidaturas influyó el MAS cuando se los sometió a voto popular, por eso el proceso eleccionario de magistrados nació muerto", expresó el legislador. Manifestó que el manoseo del partido de Gobierno, provocó el rechazo de la población con votos nulos y blancos y la elección de magistrados con baja legitimidad. Por ello, Oliva es partidario de revisar la elección, pero el problema no está solamente en los altos magistrados, sino también en los distintos niveles de organización del Poder Judicial.

Niega injerencia. Por su parte, el diputado masista Franklin Garvizu, negó la injerencia de su partido en el Poder Judicial.

Dijo que es peligroso lo que afirma la oposición y algunos expertos en derecho, en el sentido de la hegemonía del MAS y la sumisión de la justicia boliviana. "Están interpelando la decisión de un pueblo, nunca se pretendió hegemonizar el voto, solo demostrar la buena gestión", explicó. Aclaró que primero se debe esperar que concluya la primera gestión de los magistrados y analizar si han sido eficientes o faltó una mejor forma de aplicar la norma. En base a esa evaluación, explicó Garvizu, se debe tomar la decisión que corresponda.

"La única forma que los ciudadanos puedan acceder a las elecciones judiciales, es evitar los dos tercios en la Asamblea Legislativa Plurinacional".

Saúl Paniagua
Constitucionalista

"Fue un error histórico la elección de los magistrados, porque para postular a cualquier cargo púbico es necesario el examen de competencia y concurso de méritos".

Ángel Paz
Director del Colegio Deptal. de Abogados de Scz

"En la selección de candidaturas influyó el MAS cuando se lo sometió a voto popular, por eso el proceso eleccionario de magistrados nació muerto".

Adrián Oliva
Diputado de Convergencia Nacional (CN)

"Es peligroso lo que afirma la oposición sobre los magistrados, jamás existió injerencia del MAS, están interpelando la decisión de un pueblo".

Franklin Garvizu
Diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS)

CPE
Atribuciones de los tribunales de Justicia

CPE, Tribunal Supremo de justicia. ARTÍCULO 184. Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, además de las señaladas por la ley: I. Actuar como tribunal de casación y conocer recursos de nulidad en los casos expresamente señalados por la ley.

JURISDICCIÓN AGROAMBIENTAL. ARTÍCULO 189. Son atribuciones del Tribunal Agroambiental, además de las señaladas por la ley: I. Resolver los recursos de casación y nulidad en las acciones reales agrarias, forestales, ambientales, de aguas, derechos de uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, hídricos, forestales y de la biodiversidad; demandas sobre actos que atenten contra la fauna, la flora, el agua y el medio ambiente; y demandas sobre prácticas que pongan en peligro el sistema ecológico y la conservación de especies o animales.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (CM). ARTÍCULO 195. Son atribuciones del Consejo de la Magistratura de Justicia, además de las establecidas en la Constitución y en la ley:1. Promover la revocatoria de mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en el ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. ARTÍCULO 202. Son atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, además de las establecidas en la Constitución y la ley, conocer y resolver: 1. En única instancia, los asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, decretos y todo género de ordenanzas y resoluciones no judiciales.

CPE
Tribunos electos por votación

CPE. TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Artículo 182.I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal.

IV. Las magistradas y magistrados no podrán pertenecer a organizaciones políticas.

V. Serán elegidas y elegidos las candidatas y los candidatos que obtengan mayoría simple de votos. La Presidenta o el Presidente del Estado ministrará posesión en sus cargos.

JURISDICCIÓN AGROAMBIENTAL. ARTÍCULO188.
I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Agroambiental (TAA) serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismos y formalidades para los miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA. ARTÍCULO 194. I.Los miembros del Consejo de la Magistratura se elegirán mediante sufragio universal de entre las candidatas y los candidatos propuestos por la Asamblea Legislativa Plurinacional. La organización y ejecución del proceso electoral estará a cargo del Órgano Electoral Plurinacional.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL.
ARTÍCULO 198. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional se elegirán mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismo y formalidades de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

Punto de vista

Ciro Áñez Núñez
Master en Derecho Constitucional

"Moraleja eleccionaria y la necesaria reforma constitucional"

"Los artículos 182, 188, 194 y 198 de la Constitución Política del Estado establecen que los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional serán elegidos mediante sufragio universal.

Recordemos que en la elección de los altos cargos del Órgano Judicial, Tribunal Constitucional Plurinacional y Consejo de la Magistratura, existió afluencia de personas a nivel nacional que acudieron a las urnas a votar, con lo cual quedó demostrado que la mayoría hizo uso de su derecho democrático y constitucional al sufragio; sin embargo, esta conducta no significa que todos ellos estuvieran de acuerdo con aquel proceso electoral. Si se recuerda, existió una mayoría de votos nulos siendo por demás evidente que gran parte de la población patentó su desacuerdo con aquel proceso electoral y del mismo modo demostró estar en desacuerdo con los candidatos que fueron ofrecidos en esa oportunidad por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Sin embargo, al haber resultado como mayoría el voto nulo, implícitamente el soberano ha demostrado tener una convicción y una firme decisión por decantarse a favor del rechazo. Por lo tanto, es una expresión libre y voluntaria de un rotundo rechazo a dicho mecanismo y proceso de elección. Con todo ello, considero que lo mejor sería reformar la Constitución y retornar a la elección de los altos cargos del Poder Judicial basados en la meritocracia, incluyendo la prueba psicológica sobre personalidad y aptitud para el desarrollo de las funciones judiciales (sirven de guía para conocer a la persona, pues para ser autoridad se debe contar con ciertas cualidades de la personalidad, las cuales se encuentran basadas en la escala de valores que cada persona decide tener y sobre inteligencia emocional) y no así mediante un proceso electoral que fue rechazado por la sociedad, dado que resulta absurdo que un magistrado haga campaña o haga promesas cuando su única función es administrar justicia conforme a la Constitución y las leyes".

No comments:

Post a Comment