Wednesday, May 20, 2015

Yañíquez advierte una mala aplicación en juicios cortos



Los cuestionamientos a la administración judicial suman. Betty Yañíquez, presidenta de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, advirtió ayer que hay una mala práctica de juicios abreviados, aspecto que da pie a que fiscales y jueces puedan cometer actos de corrupción.

“No aplican la ley como debe ser, ya debería sentarse un precedente con aquellos jueces que no lo hacen bien. Igual se debe proceder con aquellos fiscales que actúan un tanto desorientados, en donde no se puede descartar la corrupción en estos procesos”, declaró Yañíquez a este diario.

La asambleísta enfatizó que los operadores de justicia distorsionan el sentido de lo que significa un procedimiento abreviado, ya que el juez no está obligado a aceptar todos los juicios cortos, porque su deber es estudiar caso por caso y ver si cumplen o no con los requisitos exigidos por ley.

Resolución. “Recuerdo y lo pongo como ejemplo: cuando estuve de jueza, un asesinato quisieron convertirlo en homicidio culposo. Se imagina, un cambio de 90 grados, tomando en consideración los antecedentes, incluso la prueba que existía, un asesinato no podía considerarse así; por eso, lo que hice fue rechazar enfáticamente”, subrayó Yañíquez.

El lunes, el ministro de Gobierno, Hugo Moldiz, criticó los juicios abreviados para los delincuentes, debido a que con esos procesos, que sustituyen a los juicios orales, se dan penas benevolentes y, al final, los infractores salen libres. Por eso, exigió a los operadores de justicia emitir condenas máximas a malhechores implicados en el uso de instrumento falsificado, robo agravado y falsedad material e ideológica.

El presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, Juan Carlos Berríos, también advirtió que si los juicios abreviados no están correctamente aplicados, pueden generar efectos no deseados. “Para evitar esto, la norma establece, por ejemplo, que los reincidentes no pueden ser beneficiarios de esta medida. Otra previsión es que en esta instancia el tipo penal no puede ser cambiado; el beneficiario de esta medida puede tener una pena de mediana intensidad, pero en ningún caso la máxima pena”.

Al ser consultado sobre la observación de Yañíquez, el interventor de la Fiscalía Departamental de La Paz, Paul Franco, aseguró que esta instancia judicial aplica de forma correcta la Ley Orgánica del Ministerio Público y la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, en el sentido de los juicios cortos.

“Tenemos un techo y un marco legal para llevar adelante los procesos abreviados. En la medida en que las personas, de manera voluntaria, siguen y cumplen con todos los requisitos, pueden obtener una salida alternativa al juicio oral, el Ministerio Público mal haría en negarles ese proceso”, explicó Franco.

Indicó que hay quejas que llegaron a su despacho en el sentido de que algunos fiscales no quieren dar curso a una salida alternativa de procedimiento abreviado y se trabaja en ello. Esto demuestra que las personas son las que quieren acceder al juicio corto con una mala aplicación, observó.

Franco señaló que el juicio corto es un instituto jurídico reconocido en la norma y si alguna persona piensa que la norma es permisiva, puede utilizar los mecanismos que expulsan del ordenamiento leyes inconstitucionales.

Al respecto, la diputada Yañíquez afirmó que la ley es perfectible, por lo que tal vez se puede dar algunas modificaciones que especifiquen la ley. “Hay varios caminos, podemos hacerlo nosotros directamente o mediante el Ejecutivo”, sostuvo la asambleísta.

La ley no vulnera los derechos

Fiscalía

El fin de semana, el fiscal general Ramiro Guerrero aseguró que los procesos abreviados son una salida alternativa de solución voluntaria, aplicada sin ninguna presión y no vulneran los derechos y garantías constitucionales.

Desde febrero se registran tres cuestionamientos

En los últimos cuatro meses se registraron al menos tres cuestionamientos a la aplicación de juicios abreviados, debido a que acusados inocentes optan por inculparse para obtener su libertad o porque delincuentes peligrosos obtienen penas benevolentes. Gary Prado (hijo), en febrero, criticó la aplicación del juicio corto en el caso Terrorismo, ya que las seis personas que se acogieron al procedimiento tuvieron que inculparse, solo para salir de la cárcel, sostuvo.

El 11 de mayo, el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz promovió las jornadas judiciales, en las que al menos 250 reos de la cárcel de Palmasola recuperaron su libertad, tras acogerse a juicios abreviados.

Tras esas jornadas, el 13 de mayo el defensor del Pueblo, Rolando Villena, observó los procesos cortos, cuando aseguró que esos casos no pueden ser considerados como un logro porque solo revelan la falta de condiciones para la aplicación de la justicia. Por eso, dijo que existe preocupación en la institución por la falta de condiciones materiales que se ofrecen para el acceso a la justicia y porque para acceder a estos procesos el acusado debe inculparse.

El lunes, el ministro de Gobierno, Hugo Moldiz, cuestionó la aplicación del procedimiento abreviado a delincuentes, debido a que logran una pena benevolente y luego salen de la cárcel. En este caso, puso de ejemplo el caso de un ciudadano colombiano, presentado como miembro de una banda dedicada al atraco a clientes de entidades financieras. Indicó que esa persona ya había sido aprehendida en 2013 por el mismo delito, pero tres meses después obtuvo su libertad con medidas sustitutivas y luego volvió a delinquir.

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