Friday, August 7, 2015

Hay más de 800 denuncias a funcionarios judiciales

En el primer semestre del año, el Consejo de la Magistratura Plurinacional (CMP), logró recepcionar 840 denuncias contra jueces, vocales y personal subalterno de los nueve tribunales departamentales de Justicia de Bolivia.

Siendo los departamentos de Santa Cruz y La Paz, donde se registra la mayor cantidad de quejas, con 239 en cada distrito.

Según la vicepresidente del CMP, Cristina Mamani, se logró destituir a 14 personas, 11 jueces y 3 funcionarios de apoyo.

"A pesar de que asumimos como titular de la Sala Disciplinaria, si se hace una comparación de tres gestiones se han hecho 18 destituciones, ahora en este primer semestre tenemos 14 destituciones", explicó la autoridad.

Además se recepcionó 46 suspensiones sin goce de haberes en contra de un vocal, 35 juzgadores y 17 personal de apoyo del Poder Judicial del país.
Aclaró que este reporte de la Sala Disciplinaria del CMP, es entre los meses de enero a junio, es decir, el primer semestre del 2015.

Más de 180 resoluciones emitidas. Según la magistrada Mamani, se admitió 184 resoluciones en la Sala Disciplinaria.

Entre las que se registran están las destituciones, suspensiones, amonestación escrita, multas, anulación de obrados, rechazo de denuncia e improbadas.

Al igual que desestimación de la causa a favor del disciplinado, extinción y excepciones improbadas en los nueve tribunales de justicia.

Por ello, resaltó el compromiso de trabajo con el personal que la acompaña, dando de esta manera la celeridad al despacho de las demandas recepcionadas.

Atribuciones de la Sala. Según la Ley del Órgano Judicial, el Consejo de la Magistratura se divide en dos salas: Disciplinaria y la otra de Control y Fiscalización. Cada sala está integrada por dos miembros. Respecto al Presidente del Consejo no integrará ninguna de las salas, pero y podrá dirimir con su voto en caso de empate en casos sometidos a su conocimiento.

Según el artículo 183 de la normativa judicial, las atribuciones de la Sala Disciplinaria son:

- Ejercer el control disciplinario de los vocales, jueces, y personal auxiliar y administrativo de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental, de las jurisdicciones especializadas y de la Dirección Administrativa y Financiera

- Determinar la cesación del cargo de las vocales, jueces, y personal auxiliar de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas, cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en faltas disciplinarias gravísimas.

- Designar jueces disciplinarios.

- Suspender a vocales, jueces y personal subalterno sobre quienes pesa imputación formal.

- Emitir la normativa reglamentaria disciplinaria, en base a los lineamientos de la Ley 025 o Ley de Órgano Judicial.

Ley 025
Faltas gravísimas son causales para la destitución del funcionario

Ley 025. Artículo 188. (FALTAS GRAVÍSIMAS). 1. Son faltas gravísimas y causales de destitución:

1.- Cuando no se excuse del conocimiento de un proceso, estando comprendido en alguna de las causales previstas por ley, o cuando continuare con su tramitación, habiéndose probado recusación en su contra.

2. Cuando se solicite o reciba dineros u otra forma de beneficio ilegal al litigante, abogado o parte interesada en el proceso judicial o trámite administrativo.

3. El uso indebido de la condición de funcionario judicial para obtener un trato favorable de autoridades, funcionarios o particulares.

4. Cuando se le declaren ilegales dos o más excusas durante un (1) año.

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