Monday, May 15, 2017

Consejo de la Magistratura implanta la carrera judicial

Con la evaluación y revisión de los años de servicio (antigüedad) para vocales, y la política institucional de renovación de autoridades judiciales para jueces, el Consejo de la Magistratura empezó a renovar a las autoridades judiciales e implantar la carrera judicial en el Órgano Judicial, en el marco de la Constitución Política del Estado, Ley 025 del Órgano Judicial y la Sentencia Constitucional Plurinacional 499/2016-S2, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

La información fue proporcionada por la consejera del Consejo de la Magistratura, Magdalena Alanoca Condori, que fue incorporada al ente colegiado el 3 de enero de la presente gestión, resultado de la suspensión de cuatro consejeros, por la Asamblea Legislativa Plurinacional, que luego presentaron su renuncia a dichos cargos y habilitaron a la suplente para asumir la función en el Consejo de la Magistratura parte del Órgano Judicial.

Alanoca dijo que con su incorporación al Consejo de la Magistratura asumió una alta responsabilidad ante el Órgano Judicial y la población. Deberá cumplir en este corto tiempo con las labores de competencia de esa instancia de control y fiscalización al ser parte de la referida Sala.

Hizo énfasis en que se debe cumplir con la CPE, la disposición transitoria cuarta de la Ley 025 y la SCP 499/2016-S2, por ello considera que la actuación del Consejo de la Magistratura no viola los derechos y garantías constitucionales de los jueces y vocales, ya que las determinaciones de las autoridades del Consejo de la Magistratura se sujetan a la legislación boliviana.

EVALUACIÓN

En ese marco, Alanoca informó que ya se empezó con la evaluación interna de los recursos humanos del Órgano Judicial, correspondiente a los jueces, y para ello se trabaja en coordinación con varias instituciones judiciales, como la Fiscalía General del Estado, Tribunal Supremo de Justicia, entre otros.

Es así que se separará a los jueces que tengan antecedentes (procesos judiciales y disciplinarios), de los que no. Además, se informó que la renovación combina la antigüedad con las observaciones que presenten cada uno de los jueces.

“Hacer una evaluación interna en virtud a la implantación de una política institucional, para renovar cargos de autoridades judiciales transitorias e incorporar a la carrera judicial” a los nuevos, es un rol que se fijó el Consejo de la Magistratura, para esta gestión en virtud a la incorporación de cuatro consejeros nuevos.

Asimismo, informó que el trabajo ya se inició, y se avanza en el proceso; y al estar cerca las elecciones judiciales, los que vengan deberán continuar con el trabajo que empezaron y concluir con la renovación total por mandatado constitucional y de la cumbre de justicia.

TRES AÑOS

De acuerdo con la Ley 898, el plazo establecido para cumplir con la tarea de renovación es un máximo de tres años, cuyo tiempo puede ser menor, pero el período está fijado, informó Alanoca.

“Nosotros implementamos la política institucional para la renovación de autoridades judiciales; dentro del cual se ha determinado iniciar el proceso para renovar a los vocales por periodicidad, es decir a los vocales con más de cuatro años de ejercicio, porque para ese tiempo se los designó conforme a ley”, en consecuencia se los tiene que cambiar. “Si bien la norma establece el período de trabajo, la misma no se pudo hacer cumplir anteriormente debido a las acciones constitucionales que impusieron algunos vocales”, señaló.

Dijo que los vocales deben ser renovados, debido a que su tiempo trabajo ya venció, conforme el art. 46 de la Ley del Órgano Judicial. Recordó que el proceso se realiza de acuerdo con la Sentencia Constitucional Plurinacional 499/2016-S2, emitido por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

“De acuerdo con el artículo 203 de la Constitucional Política del Estado (CPE), la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional es vinculante y de cumplimiento obligatorio”, afirma.

Explicó que esta Sentencia Constitucional Plurinacional recoge las disposiciones legales en vigencia, como la Ley 025 y toda la normativa vigente para el caso de la renovación de autoridades judiciales, porque estas autoridades han sido determinadas transitorias todas sin excepción.

Además, recuerda que también es un mandato de la Cumbre de Justicia, realizado en junio del pasado año en Sucre, donde quedó determinado en una de las conclusiones finales, acabar con la transitoriedad de las autoridades judiciales e implantar la carrera judicial, lo que permitirá la institucionalidad de los cargos en el Órgano Judicial. Asimismo, las autoridades judiciales que sean incorporadas a la carrera judicial serán evaluados de forma permanente y capacitados, para que impartan justicia en el marco de la ley.

CARRERA

Por otra parte, si bien la Cumbre de Justicia estableció implementar la institucionalización de los cargos en el Órgano Judicial, a través de la carrera judicial, el Consejo de la Magistratura ya puso en vigencia esta política, con la designación de 55 nuevos jueces egresados de la Escuela de Jueces del Estado.

Informó que la semana pasada, se entregó los primeros títulos y de esta manera se ingresó a la carrera judicial.

Informó que se agradecieron a 88 jueces por sus servicios y estos cargos serán renovados por los egresados de la Escuela de Jueces; sin embargo, apuntó que si estos tienen antecedentes no podrán ser incorporados.

CONVOCATORIA

La magistrada Alanoca informó que para el caso de los vocales ya se lanzó la convocatoria pública para renovar los cargos y la misma concluye en junio, por lo que los interesados pueden postular a la vocalía, incluso los que fueron removidos, porque ellos cumplieron de forma superabundante el tiempo de su mandato.

Dijo que mientras se realice el proceso de preselección y selección de postulantes a vocales, hasta que concluya con la designación y posesión de los nuevos por parte del Tribunal Supremo de Justicia, los vocales deberán esperar y cumplir funciones hasta que se posesione a su sucesor.

Finalmente, pidió a la población boliviana el apoyo a este proceso de renovación de autoridades judiciales, ya que la determinación fue asumida por mandato de la Constitución, las leyes y la Cumbre de Justicia; y por sobre todo el beneficio mayor será para la población litigante y usuaria de los servicios del Órgano Judicial.

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