Tuesday, September 3, 2019

LEY N° 1211 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 1.495,03 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie restante total de 20.315,10 metros cuadrados (m²), de propiedad del GAM de El Torno

LEY N° 1211
LEY DE 08 DE AGOSTO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del parágrafo I del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 1.495,03 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie restante total de 20.315,10 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de El Torno, ubicado en la localidad de Santa Rita, zona Noroeste, UV 11, Mza. 777, Lote N° 74, Distrito N° 10, del Municipio de El Torno, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz, registrado en la oficinas de Derechos Reales de Santa Cruz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.01.5.01.0001377, cuyas colindancias de conformidad al Certificado Catastral 7050117770074 son: Al Norte: con la propiedad del G.A.M.E.T. área verde; al Sur, con la propiedad de la U.A.G.R.M.; al Este, con la propiedad del G.A.M.E.T. área verde; al Oeste, con calle S/N; a favor del Órgano Judicial, con destino exclusivo para la construcción y funcionamiento de la “Casa Judicial de El Torno”, conforme a lo establecido en la Ley Municipal N° 253 de 19 de noviembre de 2018, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de El Torno.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Héctor Enrique Arce Zaconeta.