Tuesday, September 8, 2015

Exfiscal Quispe: “Jamás me daría a la fuga, estoy aquí para defenderme”

Tras la orden de aprehensión emitida en su contra, el exfiscal Humberto Quispe apareció en público y señaló que no asistió a su audiencia cautelar a la que fue citado por una errada notificación de la Fiscalía. Negó que haya intentado darse a la fuga y catalogó a la orden de captura en su contra como una medida "ilegal y arbitraria”.

Hoy debía llevarse a cabo la segunda audiencia cautelar en contra de Quispe por el delito de tráfico de influencias impulsada por Carminia Luna, una de las víctimas de la exautoridad judicial. Dicha audiencia se suspendió debido a la ausencia del acusado, a quien, tras declarársele en rebeldía, se ordenó su captura.

Yo he sido notificado para presentarme ante el juez Primero de Instrucción anticorrupción, mismo que queda en el edificio Jenny en la avenida Sucre (…). Nadie me ha señalado que la audiencia se estaba llevando a cabo en el juzgado Primero de Instrucción en lo penal de las calles Potosí y Genaro Sanjinés”, manifestó Quispe a la red Gigavisión.

Consejo de la Magistratura Evidencian maltrato a litigantes en El Alto

El Consejo de la Magistratura evidenció que en los juzgados de la ciudad de El Alto existe, además de retardación de justicia y corrupción, maltrato de parte de funcionarios judiciales contra litigantes que buscan justicia.

Entre los denunciados se encuentran oficiales de diligencia, quienes serán procesados por faltas graves que los pueden llevar a la destitución. La encargada departamental del Consejo de la Magistratura, Mónica Limachi, informó que estas denuncias salieron a la luz luego de que las brigadas móviles de su dependencia salieron a las puertas de los juzgados para recibir denuncias de litigantes.

En las denuncias habían jueces. Los denunciados no solo eran funcionarios judiciales subalternos, también habían juzgadores que fueron observados por los litigantes alteños./ANF

Litigantes obligados a subir 9 pisos por falta de ascensores

“¡Es un calvario!”, exclamó don Hilarión Zárate, mientras baja las gradas del Tribunal Departamental de Justicia con dificultad, pues el dolor en sus rodillas le ocasiona cojera en su pierna derecha. La subida le fue más dificultosa aún, porque el anciano tuvo que llegar hasta el sexto piso para asistir a la audiencia de su hijo.

La situación de Zárate, quien llegó la madrugada de ayer desde Capinota solo para asistir al juicio, se repite diariamente desde la semana pasada, cuando se suspendió el funcionamiento de los cinco ascensores del Tribunal.

Las protestas no cesan en contra de las autoridades por no haber previsto un equipo de emergencia. Ayer, los ancianos, las personas con alguna discapacidad física, las mujeres embarazadas y las que cargan a sus hijos fueron las más perjudicadas por la falta del servicio.

Diariamente, al menos 100 personas ingresan al Tribunal Departamental de Justicia cuya infraestructura tiene nueve pisos, al margen de la planta baja y mezanine.

PROYECTO Un ascensor funcionará desde hoy, aseguró el representante del Consejo de la Magistratura, Johnny Rocha. Su uso será preferencial para las personas con discapacidad y de la tercera edad. Otro estará listo la próxima semana.

Se prevé que los otros tres ascensores sean reemplazados por nuevos hasta fines de diciembre, dos para uso del público y uno destinado a los jueces.

La autoridad pidió la comprensión de la población. Explicó que la decisión fue asumida en Sucre, lo mismo que su licitación y contratación.

Mencionó que los ascensores funcionaban mal y al ser tan antiguos ya no se encontraban repuestos para su reparación.

Apuntes.



Costo.

El representante del Consejo de la Magistratura, Johnny Rocha, informó que el cambio de los cinco ascensores del Tribunal Departamental de Justicia demandará un costo aproximado de un millón de bolivianos. Fue gestionado desde la pasada gestión.

Litigantes

En los nueve pisos del Tribunal de Cochabamba funcionan los juzgados de material Penal, de partido de Familia los tribunales de Sentencia, de instrucción, entre otros.

Administración

En el edificio también están las oficinas administrativas como el departamento de Informática y la Central de Registros y Notificaciones.

Perjuicio

La ministra de Justicia, Virginia Velasco, tuvo que realizar una inspección a varios juzgados, ubicados en diferentes pisos, usando las escaleras porque los ascensores se encuentran fuera de servicio.

Opiniones.

Nancy Ortuño

Ama de casa

Para nosotros los ancianos es muy dificultoso subir por las gradas tantos pisos porque ya estamos cansados y nos agitamos. Ahora, por ejemplo, debo llegar sí o sí hasta el tercer piso porque tengo una reunión. Las autoridades deben considerar los impedimentos de muchas personas.

José Grover Saldías

Abogado

La suspensión de los ascensores es una falta de consideración para los litigantes y para los profesionales, muchos de ellos con problemas de salud. Hay casos en que nos vemos obligados a llegar hasta el noveno piso y si no lo hacemos a tiempo somos sancionados.

Sonia Pérez

Litigante

Es una irresponsabilidad de parte de las autoridades dejar sin funcionamiento los ascensores, los perjudicados somos todos los ciudadanos que tenemos que hacer trámites de manera obligatoria. No hay ninguna consideración con nadie.

Yolanda Herrera, 'La justicia en Bolivia ha retrocedido'

Como autoridades de este tipo de instituciones, como la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB), debemos empezar a respetar el estado de derecho y respetar nuestras propias normas, contó Yolanda Herrera, expresidente de la APDHB y Protagonista de este martes. La entrevistada es auditora financiera y vive en Tarija hace 35 años. Entró a la Asamblea de Derechos Humanos en Tarija como delegada universitaria. Ahí aprendió que a pesar de tener una carrera técnica, la defensa de los derechos humanos no tiene profesión. Su activismo comenzó llevando carteles a las audiencias y con el pasar del tiempo fue presidente de la APDH-Tarija y desde el 2010 estuvo al frente la institución boliviana por dos gestiones, siendo la primera mujer en ser elegida en más de 30 años que tiene de vida la APDHB.

En el último congreso se pidió nuevamente que siga al frente ¿Por qué no lo hizo?
Y.H.: Es importante que seamos respetuosos de las normas y acuerdos que se tiene. Además es bueno tener nuevos liderazgos y por ello hay que dar oportunidades a personas que quieran conducir la institución. También existen otros motivos personales de salud que me obligan a tomar una pausa a nivel de presión y de exigencia. Son cinco años en los que viajé de Tarija a los diferentes departamentos, y esos viajes semanales afectaron un poco mi salud. En lo que viene para el futuro, tengo mucha fe en los defensores y defensoras para que de ahí salga un nuevo liderazgo. En lo que a mí se refiere, volveré a la Asamblea en Tarija y retomaré mi voluntariado.

¿Qué de positivo le deja su gestión al frente de la APDHB?
Y.H.: Una de las cosas importantes es poder haber roto esos mitos, como el que una mujer pueda asumir el liderazgo de una organización nacional y con un alto nivel de presión. Esto ha permitido tener una escuela diferente y ha permitido que yo represente al país como defensora de los derechos humanos como sociedad civil. También ha ayudado a que represente a Latinoamérica cuando fuimos invitados por el presidente de Alemania y me ha permitido estar cerca de los sectores golpeados y conocer con mayor profundidad sus necesidades.

¿Cuáles son los contras en su gestión?
Y.H.: Uno de los momentos ingratos que nos ha tocado vivir es la toma de las instituciones en febrero de 2014. También está la permanente e insistente desacreditación, calificándonos como una organización de derecha, de oposición o progubernamental, siendo que no tenemos color político ni pertenecemos a ningún grupo de poder. Y finalmente, tenemos el hecho de que no se haya esclarecido lo que ocurrió en Caranavi, la represión de Chaparina que generó impunidad porque los verdaderos actores no están siendo juzgados y las muertes en las cárceles, como Palmasola, son aspectos que quedan pendientes para el futuro.

¿Qué otros problemas han encontrado en Bolivia?
Y.H.: Algo pendiente que aún se tiene es nuestra juventud, somos un país joven, pero en muchas regiones no hay estabilidad ni calidad laboral. Otra factor pendiente es la violencia hacia la mujer, que pese a tener todo un escenario legal y normativo, día a día se ven acciones crueles contra el género que no responden a la aplicación de una ley, sino que al Estado boliviano no ha tocado aspectos estructurales en el tema de la educación y al parecer mi generación de mujeres tendremos que pagar el costo para que se internalice el derecho a la vida y no ver a la mujer como un objeto.

¿Cómo se ha visto el tema de la justicia?
Y.H.: La misma ha retrocedido porque tenemos cárceles hacinadas y los decretos que se dan para el descongestionamiento no superan el problema estructural que es estar encarcelado. Además, tenemos personas detenidas por la 1008, robos menores y otros delitos, esto significa que los derechos económicos, sociales y culturales en Bolivia no han sido atendidos porque todavía existen personas que tienen que robar para comer.

¿La población es más consciente en el tema de derechos humanos?
Y.H.: En este tiempo la ley contra el racismo y la discriminación ha logrado generar una mayor conciencia en el respeto a la diferencia. Que su aplicación tenga algunos vacios legales y no se tenga una respuesta efectiva es otra cosa, pero creo que esta norma ha logrado que reflexionemos sobre lo que es racismo y discriminación.

¿Bolivia sigue siendo un estado patriarcal?
Y.H.: Todavía se sigue mirando con la visión del hombre y no se valora el avance que puede tener una mujer. Nuestras leyes están hechas solo desde la mirada del hombre y muchas mujeres en vez de poner la diferencia y mostrar una perspectiva, nos sumamos a esas posturas, principalmente en la política partidaria.

'Lograr redes de derechos humanos es otro de los factores positivos en la gestión'

Magistratura evidencia maltrato contra litigantes

El Consejo de la Magistratura evidenció que en los juzgados de la ciudad de El Alto existe, además de retardación de justicia y corrupción, maltrato de parte de funcionarios judiciales contra litigantes que buscan justicia. Entre los denunciados se encuentran oficiales de diligencias quienes serán procesados por faltas graves que los pueden llevar a la destitución.

La encargada departamental del Consejo de la Magistratura, Mónica Limachi, informó que estas denuncias salieron a la luz luego de que las brigadas móviles de su dependencia se instalaran en puertas de los juzgados para recibir denuncias de litigantes.

“El día jueves que estábamos en el Juzgado de la Familia de El Alto y recibimos denuncias de maltrato por parte de funcionarios subalternos, de pasantes o de oficiales de diligencias. En esos casos se les ha llamado la atención y también se les está siguiendo un proceso por faltas graves”, informó Limachi a la ANF.

En la ciudad de El Alto, las brigadas móviles del Consejo de la Magistratura, conformadas por abogados que daban soluciones inmediatas a las quejas y denuncias, estuvieron operando por una semana. En ese tiempo se recibió un total de 85 denuncias.

“Se han recibido 85 denuncias, las mismas en su mayoría resueltas porque eran denuncias de retardación de justicia, porque algunos memoriales no salían a tiempo y también las resoluciones”, precisó Limachi.

Los denunciados no sólo eran funcionarios judiciales subalternos, sino también jueces que fueron observados por los litigantes. La representante del Consejo de la Magistratura indicó que hubo sobretodo denuncias relacionadas a retardación, incumplimiento de plazos procesales y otros, las cuales han sido subsanadas el mismo día.

Esta semana las brigadas se instalaron en los juzgados de la ciudad de La Paz, en las oficinas ubicadas en la calle Genaro Sanjinés. Estarán ubicadas hasta el próximo viernes y posteriormente el Consejo de la Magistratura hará una evaluación para ver la viabilidad de continuar con este trabajo.

Juez ordena captura de Humberto Quispe

Suspendida por segunda vez la audiencia cautelar, el juez primero de Instrucción en lo Penal, Román Castro, emitió ayer una orden de captura contra el exfiscal Humberto Quispe, quien no se presentó a la segunda audiencia cautelar programada para ayer. La defensa de las víctimas de este exautoridad judicial teme que se haya dado a la fuga.

La presidenta de la Asociación de víctimas del exfiscal Humberto Quispe, Carminia Luna, denunció que el acusado presentó un memorial con el que justificaba su ausencia por una presunta “falla procesal” dentro de su caso.

“Ha presentado un memorial que no justifica absolutamente nada, por lo tanto corresponde que se emita la orden de aprehensión, porque se lo declara en rebeldía”, manifestó Luna, según la Agencia de Noticias Fides (ANF).

Miguel Viera, abogado defensor de Luna, aseguró que existe el riesgo de que Quispe fugue de su detención domiciliaria, debido a que no se cuenta con la custodia policial correspondiente.

“Lo que tememos es que, tras haber sido beneficiado con detención domiciliaria, este fugue porque lo único que hace es presentar memoriales. Él tiene la obligación de estar presente en esta audiencia”, dijo a ANF.

Finalmente, la presidenta del Consejo de la Magistratura, Mónica Limachi, anoticiada de esta situación, informó a los medios que se sancionará al juez que beneficio a Quispe con la detención domiciliaria sin custodia alguna y que se puede disponer de la revocatoria de estas medidas sustitutivas.

Quispe es acusado de extorsión, robo, organizarse para delinquir, motivación a cometer abusos y torturas, etc., por decenas de personas, que se han organizado en asociaciones. Siendo fiscal, cargo que perdió este año ante las denuncias, realizó allanamientos indebidos, retención de mercadería, supuestamente ordenó apresamientos y otras acciones que son consideradas ilegales.

CONTRAPARTE

Por su parte, Quispe negó que haya intentado darse a la fuga y catalogó la orden de captura en su contra como una medida “ilegal y arbitraria”.

“Yo he sido notificado para presentarme ante el juez Primero de Instrucción anticorrupción, mismo que queda en el edificio Jenny en la avenida Sucre (…). Nadie me ha señalado que la audiencia se estaba llevando a cabo en el juzgado Primero de Instrucción en lo penal de las calles Potosí y Genaro Sanjinés”, manifestó Quispe a la red Gigavisión.

El exfiscal explicó que presentó un memorial debido a que identificó una doble imputación en su contra en un mismo caso, hecho que justifica su recusación en el proceso penal.

“Yo he sido imputado en el caso de Carminia Luna, pero ahora nuevamente me imputan por la misma acusadora. No me pueden imputar dos o tres veces”, dijo.

Quispe aseguró que nunca tuvo la intención de darse a la fuga, y que en los próximos días buscará la anulación de la orden de aprehensión dictada en su contra.

Parte III y última Propuestas para superar la crisis judicial

4.2 EN EL ÁMBITO INSTITUCIONAL

En el orden institucional es necesario introducir un conjunto de medidas urgentes para superar la crisis del sistema judicial del Estado.

1º Es urgente adoptar una nueva organización territorial del Órgano Judicial que posibilite la tramitación de los procesos judiciales conforme al principios de celeridad. La nueva organización territorial o “mapa judicial”, debe responder a la necesidad de una rápida y ágil comunicación entre los organismos jurisdicionales, así como la pronta resolución de los procesos judiciales, de manera que municipios que pertenecen a un determinado Departamento, en la estructura territorial y política del Estado, puedan pertenecer a un Distrito Judicial de otro Departamento próximo 8.

2º Implementar de manera planificada y sostenida la desconcentración de los servicios judiciales, de materia que en cada Distrito Municipal o Comuna se implemente la Casa de Justicia con presencia de los jueces cautelares, jueces de sentencia, tribunales de sentencia, fiscales de materia y efectivos de la Policía Judicial Científica, en materia penal, los Juzgados Públicos de Materia y Notarías de Fe Pública, de manera que se aproxime el Juez al ciudadano, de forma que se brinde un trato con calidad y calidez, así como para lograr la eficiencia y celeridad en la sustanciación de los procesos penales.

3º Desjudicializar las relaciones sociales y la solución de los conflictos y controversias, creando los Juzgados de Paz, asimismo fortaleciendo los centros de conciliación y arbitraje, implementando los conciliadores técnicos en los Juzgados Públicos de Materia o Juzgados Públicos Mixtos, como está previsto en la Ley No. 025 del Órgano Judicial.

4º Crear e implementar los juzgados especializados previstos en leyes sectoriales, así, por ejemplo en materia de Violencia intrafamiliar.

5º Crear Juzgados de Faltas y Contravenciones menores, para que conozcan, sustancien y resuelvan los conflictos referidos a la comisión de faltas y contravenciones menores.

6º Adoptar políticas de gestión administrativa, para hacer un apoyo administrador eficiente y oportuno a la labor jurisdiccional, en cuanto a la dotación de infraestructura, suministro de equipamiento e insumos, creación de nuevos juzgados o tribunales, pago de sueldos y salarios.

7º Adoptar políticas de gestión procesal, para la realización de las notificaciones a las partes litigantes, la programación y realización de las audiencias públicas; la transmisión de la información sobre el servicio judicial y la sustanciación de los procesos judiciales a los litigantes y la ciudadanía en general, para transparentar la gestión procesal.

8º Adoptar políticas de gestión disciplinaria para que el régimen disciplinario sea aplicado con eficiencia y efectividad, respetando la independencia de los jueces y magistrados, evitando que se convierta en un medio de presión.

9º Fortalecer institucionalmente la Defensa Pública, otorgándole autonomía económica – financiera, administrativa y funcional garantizando una adecuada y suficiente asignación presupuestaria.

10º Debe implementarse de manera, planificada y ordenada el Código Procesal Civil, paralelamente a la liquidación de los procesos en actual trámite. Implementación del nuevo Código de Familia y la Ley del Notariado, en la parte concerniente a la tramitación de los procedimientos voluntarios y los divorcios, en los casos previstos en dicha Ley.

8 A manera de ejemplo, cabe señalar que los municipios de la Provincia Rafael Bustillos del Departamento de Potosí, vale decir, Uncía, Lllallagua y Chayanta, pertenezcan al Distrito Judicial de Oruro, en la nueva organización territorial del Órgano Judicial, ello dada su proximidad a la capital del departamento de Oruro y la larga distancia que tienen con la capital del departamento de Potosí.

4.3 EN EL PLANO LEGISLATIVO

La Asamblea Legislativa Plurinacional debe adoptar una agenda legislativa, para la reforma de los códigos sustantivos y procesales, en su caso elaborar y aprobar nuevos Códigos que sean necesarios, debiendo al efecto establecer un orden de prioridades.

1º Es necesario adoptar un nuevo Código Civil acorde con la realidad social económica y cultural de Bolivia. Es importante recordar que el actual Código Civil fue aprobado mediante Decreto Ley No 12760 de 06 de agosto de 1975, de manera que por su origen o forma es inconstitucional de otro lado, ese Código tiene una marcada influencia del Código Civil Italiano y está fuertemente influenciado por la corriente del formalismo ingenuo.

2º Resulta urgente reformar el Código Penal, que fue elaborado mediante una Comisión Codificadora conformada por el Gobierno de Facto presidido por Hugo Banzer Suárez, aprobado mediante Decreto Ley No. 10426 de 23 de agosto de 1972, elevado al rango de Ley con reformas introducidas mediante la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997. Dada la época de su elaboración, la política pública, que expresa en su contenido es la finalidad de preservar la “paz y orden interno”, el patrimonio público y privado, está inspirado en el principio de la retribución, de manera que su fin último es el castigo o la sanción, y no tanto la reparación de los derechos de la víctima que son violados por la conducta delictiva.

Es necesario adoptar un nuevo Código Penal cuya política publica exprese la finalidad de la restauración de los derechos violados y las consecuencias y efectos causados, más que la mera retribución de la conducta con la pena, que se sustente en los principios constitucionales proclamados en la Constitución vigente en las normas del Bloque de Constitucionalidad. En el nuevo Código Penal debe despenalizarse las conductas de contenido patrimonial como el giro de cheque sin fondos, giros defectuosos de cheque, la estafa, el estelionato, apropiación indebida, abuso de confianza, incumplimiento de contratos desvío de clientela, etc. Finalmente debe incorporarse al texto del nuevo Código Penal todos los nuevos tipos penales creados mediante las leyes sectoriales, se debe también diseñar e implementar una política criminal de prevención y reinserción, evitando que todo se concentre en la represión.

3º Elaborar y sancionar un Código de Faltas y Contravenciones menores que sean sancionadas con trabajos comunitarios y la aplicación de medidas de seguridad.

4º Reformar La Ley General del Trabajo, cuyas normas se adecuen a la realidad social, económica y cultural del Estado Plurinacional de Bolivia, cuyas normas deberán desarrollar o reglamentar las normas constitucionales que consagran el derecho al trabajo digno, con sus elementos esenciales de derecho de acceso a la fuente laboral, el derecho a la estabilidad laboral, el derecho a una justa remuneración, el derecho al descanso remunerado, el régimen de seguridad industrial, las diferentes modalidades de trabajo o prestación de servicios por cuenta o encargo de otro.

5º Reformar el Código Procesal del Trabajo, para regular la sustanciación de los procesos laborales y sociales, eliminando los formalismos y ritualismos procedimentales, para que la sustanciación de los procesos sea ágil, oportuno y eficaz.

6º Elaboración y sanción de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, creando la jurisdicción especializada para ejercer el control de legalidad sobre los actos administrativos y resolver los conflictos o controversias entre los particulares y el Estado emergente de los contratos administrativos. La ley deberá contener normas que regulen la creación y funcionamiento de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, así como la sustanciación y resolución de los procesos contencioso – administrativos.

7º Elaborar y sancionar un nuevo Código de Procesos coactivos de orden fiscal y social, así como de procesos contenciosos tributarios.

8º Elaborar y sancionar la Ley de creación de los Juzgados de Paz, para la solución de conflictos menores, regulando la organización y funcionamiento de los juzgados y previendo los principios y reglas sobre los que regirán su actuación los jueces de paz.

9º Reformar el Código de Comercio para adecuarlo a la nueva realidad económica, social, política y cultural del Estado Plurinacional de Bolivia.

10º Elaboración y sanción de una Ley de tráfico y circulación vehicular, en reemplazo del Código de Tránsito.

4.4 EN EL ORDEN PROFESIONAL

Es necesario y urgente adoptar medidas para cambiar la actual praxis profesional de los abogados, ya sea en la función de litigantes, jueces o fiscales, que se encuentra anclada en la corriente filosófica del formalismo y el positivismo clásico. Para ese cambio en la praxis profesional es necesario que las Facultades de Ciencia Jurídicas de las universidades públicas y privadas asuman el reto de una urgente renovación pedagógica, jurídica y curricular de la enseñanza del Derecho, dentro del nuevo paradigma ius filosófico, que supere ese anclaje formalista y positivista.

Se trata de adoptar un nuevo sistema de enseñanza del Derecho que esté más atento y empeñado en tratar de proporcionar a la norma, que haya que interpretar, el significado y alcance que sea más coherente con los valores que emergen de la realidad humana y social, formando un jurista compenetrado de la realidad social y comprometido con el cambio, emancipación y transformación. social pues en pleno Siglo XXI, como señala el profesor Pietro Barcelona 9. “El jurista no es, ni puede ser un vigilante de un orden cristalizado, sino que debe ser partícipe del proceso constructivo de una sociedad humana que a través de la ley – que tiene una vida propia y autónoma de la que intentaba conferirle el legislador del que un día emanó – “tiende constantemente a evolucionar”.

A ese efecto, en la Cumbre Judicial debe acordarse con las universidades públicas y privadas una agenda de trabajo susceptible de evaluación y seguimiento permanente por parte del Estado, ello para que estas entidades académicas procedan a adoptar medidas urgentes para cambiar la enseñanza del Derecho a partir de las siguientes acciones concretas:

1º Diagnóstico del mercado profesional.

2º Definición del perfil profesional del abogado, acorde con la realidad social, económica, cultural y política del Estado Plurinacional de Bolivia.

3º Diseño de un nuevo currículo para la formación profesional del abogado en la fase de pregrado, haciendo énfasis en una educación sustentada en valores y principios para la adecuada protección de los derechos humanos y libertades fundamentales, el ejercicio de la tolerancia, y el resguardo de la dignidad, la igualdad y la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, una educación en la que se haga énfasis en que el educando adquiera capacidades, habilidades, competencias y destrezas respecto al adecuado uso de la inteligencia lógica, el razonamiento deductivo y capacidad argumentativa.

4º Diseño e implementación de cursos de posgrado a nivel de especialización, maestría y doctorado en las diferentes áreas del Derecho, acorde con los requerimientos del mercado profesional. En los cursos de posgrado para los abogados que ejercerán la profesión litigando, deberá enfatizarse la capacitación en materia de derechos humanos y fundamentales, respecto a los elementos esenciales de los mismos, sistemas internos e internacionales de promoción, defensa y protección de los derechos humanos y fundamentales, estándares mínimos internacionales, control de convencionalidad, manejo de jurisprudencia internacional, jurisprudencia constitucional y jurisprudencia comparada, e interpretación de las normas internacionales y constitucionales en materia de derechos humanos y fundamentales.

De otro lado, con relación al ejercicio profesional del Abogado, dada la trascendental importancia que tiene para la buena impartición de justicia, debe adoptarse un procedimiento de habilitación al ejercicio profesional en el litigio, previo cumplimiento de haber cursado un posgrado y de haber aprobado satisfactoriamente un curso de práctica profesional.

Debe adoptarse un sistema de habilitación para el ejercicio profesional en el litigio consistente en lo siguiente:

Dotación de conocimientos, habilidades y destrezas en la práctica forense y ejercicio profesional, a través de un Curso de Practica Jurídica con una duración mínima de 6 meses, y la realización de prácticas profesionales en estudios jurídicos acreditados o los juzgados y tribunales de Justicia, con una duración mínima de un año.

La evaluación para la habilitación del ejercicio profesional de los conocimientos, habilidades y destrezas, con los siguientes componentes:

Evaluación teórica, consistente en prueba una escrita sobre el ejercicio profesional (organización de Despacho, determinación de la situación jurídica, elaboración de la estrategia jurídica, suscripción del contrato de servicios, ejecución de la estrategia legal). La prueba debe tener una ponderación de 30%.

Evaluación práctica, consistente en la solución de un caso concreto previamente elegido por el aspirante entre varias alternativas, con una ponderación del 70%.

La nota final deberá ser declarado apto o no apto para el ejercicio profesional.

La habilitación para el ejercicio profesional debe encomendarse a los Colegios de Abogados.

Con relación a los jueces, para lograr el cambio en la praxis judicial es necesario determinar, mediante la Ley del Organo Judicial, que el requisito imprescindible para ser designado Juez de instancia es haber cursado y aprobado el Curso de la Formación de Jueces en la Escuela de Jueces de Bolivia.

Debe quedar claro que la formación de jueces no tiene por finalidad dotar a los futuros jueces de conocimientos enciclopédistas en las diferentes áreas del Derecho al contrario se trata de dotar de competencias, capacidades, habilidades y destrezas para el desempeño de la función judicial, desde la organización del Despacho, la personalidad, las técnicas de identificación de problemáticas, técnicas de resolución de conflictos y controversias, en cuanto a conocimientos complementarios a los recibidos en su formación profesional deberá hacerse énfasis en materias como Teoría Constitucional, Derechos Humanos, Teoría de los Derechos fundamentales, Control de Convencionalidad, manejo de jurisprudencia internacional, jurisprudencia constitucional y comparada y el sistema procesal penal garantista.

Para los jueces que se encuentran ya en el sistema de carrera judicial, la Escuela de Jueces de Bolivia deberá organizar cursos de capacitación y actualización permanente en las materias antes referidas.

Se trata de cambiar la imagen de un “Juez de mármol”, por un nuevo Juez de carne y hueso comprometido con la realidad social, económica, cultural y política del Estado; por lo tanto un Juez que desempeñe la labor de pacificar la sociedad resolviendo los conflictos y controversias sobre la premisa de resguardar y proteger los derechos humanos, a partir de una interpretación de las normas desde y en conformidad con la Constitución y el sistema de valores supremos y principios fundamentales en ella consagrados.

Medidas similares deberán adoptarse en el ámbito del Ministerio Público, tanto para la designación de los Fiscales de Materia, como la capacitación y actualización permanente para los fiscales en ejercicio, todo ello a través de la Escuela de Fiscales.

9 Barcellona Pietro, “la formación del jurista”, en Barcellona et. al., La formación del jurista capitalismo monopolístico y cultura jurídica 3º ed. Madrid Civitas, 1988, p.p. 19 – 59 p. 30

4.5 Medidas para el Resguardo y Protección de la Independencia de los Jueces y Magistrados

Una primera medida que debe adoptarse en la Cumbre Judicial, es que los órganos Ejecutivo y Legislativo, así como el Ministerio Público, asuman el compromiso de respetar y resguardar el principio de la separación de funciones proclamado por el art. 12 de la constitución, y como parte de él respetar la independencia del Organo Judicial, en general y la independencia de los jueces y magistrados, en particular, en el marco del principio proclamado por el art 178 de la Ley Fundamental del Estado.

Ese compromiso supone básicamente lo siguiente:

1º Que tanto el Ejecutivo como Legislativo, tramitarán un reajuste presupuestario para la gestión 2015 incrementando el presupuesto asignado y para la gestión 2016 introducirán en la Ley Financial una asignación presupuestaria mínima del 4% del PGN.

2º El Organo legislativo se abstendrá de emitir disposiciones legales, de naturaleza punitiva, disciplinaria u orgánica, que abran la posibilidad de generar presiones hacia los jueces y magistrados en la resolución de los procesos judiciales. Asimismo, deberá modificar la Ley No. 044 respecto al juicio de responsabilidades contra los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y el Fiscal General del Estado.

3º El Órgano Ejecutivo deberá realizar los desembolsos de los recursos asignados al presupuesto del Órgano Judicial con la celeridad y oportunidad debidas; abstenerse de ejercer presiones directas o indirectas sobre los jueces y magistrados.

4º El Ministerio Público debe abstenerse de ejercer presiones sobre los jueces, especialmente los de materia cautelar penal, para que las autoridades judiciales adopten sus determinaciones exentas de toda injerencia externa, ello supone no instalar procesos penales como reacción inmediata ante la no obtención de una determinación decisión judicial, como la aplicación de la detención preventiva.

De otro lado, si bien es cierto que los jueces y magistrados no están exentos de cometer delitos en el ejercicio de sus funciones, no es menos cierto que muchos litigantes instauran acciones penales en contra de estas autoridades judiciales como una vía de represalia o de ejercer presión, existe un ejercicio excesivo del derecho de acceso a la justicia por parte de los litigantes que apoyados por sus abogados instauran acciones penales notoriamente improcedentes. Frente a esa realidad es necesario establecer y regular el fuero constitucional a favor de los jueces y magistrados como una garantía para su independencia, cuidando que ese fuero no sea mal utilizado por las autoridades judiciales y no se convierta en un medio para la impunidad.

Asimismo, para garantizar la independencia de los jueces es necesario que de manera urgente se implemente el Sistema de a Carrera Judicial, previsto por el art. 178. I de la Constitución.

La implementación del Sistema de la Carrera Judicial requiere de la inmediata elaboración y sanción de una Ley y su respectivo Reglamento, que regule dicho sistema, que deberá estar constituido por los subsistemas de ingreso, el subsistema de Capacitación, actualización e información, el subsistema de Evaluación de Desempeño, con un mecanismo de evaluación permanente y periódica de manera que, no solo se garantice la estabilidad laboral a los jueces que tienen un buen desempeño sino que se los incentive con promociones verticales y horizontales para el excelente desempeño, de manera que, en vez de pensar en mecanismos de represión se piense en mecanismos de estímulo; pero queda claro que los jueces que obtengan una evaluación deficiente cesarán en sus funciones.

Cabe aclarar que en la actualidad, los jueces y vocales se encuentran sin período de mandato, en razón a que regía el Sistema de Carrera Judicial implementado de manera incompleta pues nunca se implementó el Subsistema de Evaluación de Desempeño. Conforme está previsto por la Disposición Transitoria Sexta de la Constitución “En el plazo máximo de un año después de que entre en vigencia la Ley del Órgano Judicial, y de acuerdo con ésta, se procederá a la revisión del escalafón judicial”, ello supone que debería haberse realizado una evaluación de desempeño de todos los jueces y vocales en ejercicio, de manera que aquellos demuestren un buen o excelente desempeño permanezca e ingresen al nuevo Sistema y los que demuestren un mal desempeño debieran cesar en sus funciones para ser reemplazados por otros.

En consecuencia, en la Cumbre Judicial debe adoptarse la determinación de someter a una evaluación de desempeño a todos los jueces y vocales en actual ejercicio, sobre la base de una adecuada planificación y programación, debiendo al efecto crearse comisiones de evaluación con profesionales altamente calificados y con parámetros objetivos de evaluación previamente aprobados y publicados. En esas comisiones deberán participar profesionales designados por las Facultades de Derecho de las universidades públicas, abogados designados por los Colegios de Abogados de cada Distrito Judicial.

También resulta necesario implementar el Sistema de Carrera Fiscal, para garantizar la independencia de los fiscales y también para mejorar su rendimiento, un sistema similar al de la Carrera Judicial, con los subsistemas de ingreso que exigirá fortalecer la Escuela de Fiscales y crear un subsistema de Capacitación e Información, así como un subsistema de Evaluación de desempeño.

Al igual que en el caso de los jueces, se propone que en la Cumbre Judicial se adopte la determinación de someter a todos los Fiscales de Materia y Fiscales Superiores, a una evaluación de desempeño mediante las Comisiones de Evaluación integradas por profesionales altamente calificados y con participación de las Facultades de Derechos de la Universidad Pública y los Colegios de Abogados.

Asimismo, para garantizar la independencia de los jueces y magistrados, así como e los fiscales, se propone que se adopte un tratamiento salarial acorde con el volumen de trabajo y la alta responsabilidad que concierne la función, a ese efecto deberá implementarse el Escalafón Judicial y el Escalafón del Ministerio Público.

Finalmente, el Colegio Nacional de Abogados de Bolivia considera que para la implementación de todas las propuestas que nos permitimos presentar, no existe la necesidad de efectuar reformas a la Constitución Política del Estado.

César Cabrera Román

PRESIDENTE CONALAB