Sunday, October 8, 2017

Sumatoria de condenas, un cambio estructural del nuevo sistema penal


El proyecto del Código del Sistema Penal Boliviano, que se está discutiendo y aprobando (en grande y en detalle) en la Cámara de Diputados, ya ha dispuesto modificaciones en más de 150 artículos, que cambian el actual sentido de la administración de justicia y plantean situaciones diferenciadas en torno a las sanciones y las consideraciones que deberán hacer fiscales y jueces en cuanto a los acusados por delitos penales.

Una de las novedades que ya pasó por el filtro de los legisladores de la Cámara Baja es la sumatoria de sanciones por el concurso real de delitos. Esta disposición establece que una persona que sea encontrada culpable por uno o más hechos, puede ser sentenciada a los años que se obtengan de la suma de las penas del número de crímenes o delitos cometidos.
El Código Penal actual establece que si una misma persona es encontrada culpable por robo, estupro y asociación delictuosa, su condena será solo por el delito más gravoso, lo que en este caso significa que solamente podría ir preso por seis años como máximo, ya que esta es la sanción más alta para estupro.

Sin embargo, con la nueva forma para calcular las penas, la sanción máxima de una persona involucrada en más de dos tipos penales se definirá por la sumatoria de las condenas máximas de los delitos y la condena mínima será establecida en base al acumulo de las sanciones mínimas, pudiendo un sujeto que fue hallado culpable de robar, estuprar y asociarse para delinquir, tener una sentencia máxima de hasta 13 años (según las penas del Código Penal vigente).
La única observación que los legisladores hicieron en este punto, es que la suma de las penas no puede ser mayor a los 30 años de prisión, sentencia máxima en el país establecida en la Constitución Política.

Frente a esta nueva forma de cálculos y sanciones penales, el presidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Juan Carlos Peredo, cuestionó el cambio ya aprobado por los diputados y aseveró que esto convierte al Código Penal en un escenario de venganza de la víctima hacia el victimador, “sentido que nunca debería tener como finalidad nuestro sistema penal”.
“La finalidad del sistema penal no es ser vengativo, sino vamos a tener cárceles llenas sin procesos de reinserción a la sociedad”, aseguró el titular de los juristas cruceños y aseveró que la actual forma de penalización, donde la sanción más gravosa se impone ante la posible comisión de más de un delito, no debería ser cambiada.

La diputada del MAS Adriana Salvatierra defendió el modelo que se está construyendo con la aprobación de los legisladores y afirmó que el verdadero espíritu de la nueva normativa es restaurador, ya que si bien se establece el acumulado de penas, también se detallan formas alternativas al cumplimiento de sanciones que no solo es la detención en una cárcel.
“La propuesta de sumar las condenas nació en la Cumbre de Seguridad Ciudadana de 2016, donde se discutió esta posibilidad que ahora se plasma en el nuevo código”, explicó la parlamentaria.

Para el diputado de Unidad Demócrata, Tomás Monasterio, es positivo el cambio en cuanto al endurecimiento de las condenas para los infractores a las leyes, pero el legislador repara en los administradores de justicia que manejan las normativas.
“El verdadero problema para que estas disposiciones no se cumplan como se tienen pensadas, está en los operadores de justicia. No veo esperanzas de cambio si siguen estos mismos encargados de administrar las leyes”, lamentó el parlamentario cruceño y recordó que otro de los problemas que existen en el sistema, es la retardación de justicia que con penas más severas puede mantener el caos del sistema carcelario actual.

El exfiscal Joadel Bravo coincidió con el diputado Monasterio y señaló que los cambios no hacen al fondo de las mejoras en cuanto al sistema de administración de justicia en el país, ya que las demoras excesivas en torno a causas que quedan dormidas en los estrados de los juzgadores, no ayudan en nada a los cambios que se están introduciendo en el Parlamento.
“Los políticos hacen las leyes por cálculos políticos y no tienen participación las autoridades involucradas. Los juristas deben hacer las leyes y no los políticos”, afirmó Bravo.

Cambios en ley de drogas
Entre los artículos que ya se aprobaron en el nuevo sistema de penas del país, los diputados discutieron y confirmaron cinco artículos que están detallados en el capítulo de los crímenes contra el bienestar individual y común, donde se establecen las sanciones para el tráfico ilícito de sustancias controladas.

En el nuevo código se hace una diferenciación de penas respecto a quienes sean acusados de fabricar sustancias estupefacientes o sicotrópicas y quienes terminen detenidos sindicados de la refinación de las drogas. Los primeros pueden ser condenados de 4 a 10 años cárcel, mientras que los segundos pueden quedar detenidos en un penal desde 5 hasta 14 años.
La actual ley 1008 no establecía esta diferenciación, ya que, el año en el que se elaboró la norma (1988) los laboratorios de refinamiento de cocaína no tenían amplia presencia en el país, fenómeno que ahora es una realidad creciente.

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