Wednesday, December 13, 2017

Elección de jueces, una idea que llegó de España



Constitucionalistas españoles asesoraron en la Asamblea Constituyente; uno de ellos negó haber planteado la elección judicial y dijo que trabajaron más en garantías de derechos, democracia participativa y métodos de control al poder constituido

El país acaba de votar por segunda vez para elegir a los máximos magistrados nacionales. Y por segunda vez la elección resultó un fracaso. Si hace seis años, cuando el experimento se hizo por primera vez, el voto nulo y blanco alcanzó al 59%, ahora subió al 67%, según los datos preliminares ofrecidos por el TSE.

No sólo es la baja votación. La camada de jueces elegidos en 2011 resultó terriblemente ineficaz, mediocre y deshonesta. Casi todos los elegidos terminaron enjuiciados por diferentes delitos, entre otros, acoso sexual. Sólo los seis magistrados del Tribunal Constitucional enfrentan alrededor de 60 denuncias en su contra, a la espera de una resolución de la Cámara de Diputados. Mirtha Camacho ha acumulado 13 procesos en su contra; Efren Choque, ocho; Ruddy Flores, siete; Macario Lahor Cortez, 11; Oswaldo Valencia, 10; Zenón Bacarreza, nueve; y Neldy Andrade, siete.

El caos era tal que en febrero de 2014 el presidente Evo Morales admitió el fracaso del sistema de elección de jueces: "Yo quiero decir la verdad, aunque algunos se molesten. Creo que en vano incorporamos poncho y pollera en la justicia, no cambia nada, ésa es mi pequeña evaluación".

El propio Gobierno incorporó procesos contra los magistrados, pero contra los independientes. Por aceptar un recurso contra la Ley del Notariado, fueron suspendidos Gualberto Cusi, Soraide Chanez y Ligia Velásquez del Tribunal Constitucional. El objetivo, hoy, parece obvio: tener a integrantes sumisos, que le permitieran al Gobierno gobernar indefinidamente. Tras salir esos tres magistrados, fueron convocados los tribunos suplentes, que acaban de fallar a favor de la reelección indefinida del Presidente.

UNA IDEA VENIDA DE ESPAÑA

La idea de elegir a jueces por voto popular llegó de un equipo de constitucionalistas españoles que actuó como asesor de la Asamblea Constituyente, entre 2007 y 2008 en Sucre, Oruro y La Paz.

El grupo de asesores españoles estaba dirigido por Roberto Viciano y Rubén Martínez Dalmau y compuesto por José Luis Martínez, Albert Noguera y Alfredo Serrano, entre los más destacados, todos ellos relacionados al ahora cerrado Centro de Estudios Políticos y Sociales (CEPS) y a la Universidad de Valencia. A ellos se sumó también Íñigo Errejón, entonces un aventajado estudiante de doctorado de la Universidad Complutense que había decidido escribir su tesis sobre el "proceso boliviano". Hoy Errejón es integrante de Podemos, el partido español de izquierda aliado al MAS de Bolivia.

La CEPS llegó primero a Venezuela, durante el gobierno del ex presidente Hugo Chávez, quien le entregó a esa entidad siete millones de euros de apoyo económico para que asesorara a la Asamblea Constituyente de ese país y para crear en España "consensos de fuerzas políticas y movimientos sociales, propiciando en ese país cambios políticos aún más afines al gobierno bolivariano", según un documento revelado en abril de 2016. La fuerza creada es precisamente Podemos. Esa fuerza se llama Podemos, que fue integrada por una veintena de dirigentes del CEPS, de los que nueve son actualmente diputados en ese país, empezando por el líder del partido, Pablo Iglesias, quien fue responsable de organizar el centro.

Viciano y Martínez Dalmau habían trabajado seis años antes en la Asamblea Constituyente venezolana (y en 2008 asesoraron a la de Ecuador). Algunas de sus ideas, respecto de reducir las características representativas de la democracia liberal, habían sido incorporadas en el texto venezolano, por ejemplo en el hecho de poder "revocar" a todas las autoridades, incluido el Presidente, por voto popular. Los españoles creían en que se debían potenciar las posibilidades de la democracia directa, por encima de la delegativa.

Según dijo el ex asambleísta Raúl Prada a este periodista en 2015, entrevistado para un reportaje publicado en Venezuela, éstos llegaron al país a través de programas de apoyo de Venezuela, cuyo gobierno estaba interesado en la marcha del proceso constituyente boliviano.

IDEAS CONCRETAS DE INFLUENCIA ESPAÑOLA

Por su parte, Samuel Doria Medina, jefe de UN y ex asambleísta, expresó que los españoles trajeron ideas muy concretas a la Asamblea, luego incorporadas a la Constitución boliviana, como el concepto de "justicia plural" (es decir de convivencia entre la justicia ordinaria y la comunitaria) y la elección de magistrados por voto popular.

"Esas son ideas que ellos trajeron. Lo mismo, su visión inflexible sobre los recursos naturales. Ellos impusieron la idea de que en caso de asociaciones con empresas privadas en la producción de hidrocarburos, si existen ganancias, se comparten con el Estado, y si hay pérdidas, la empresa es la que debe asumirlas en un 100 por ciento", contó. "Así, ¿quién va a invertir en Bolivia?". El político opositor cree que esas tres ideas han sido muy perniciosas para la sociedad boliviana.

Franco Gamboa, que fue el representante en Sucre de la oficina de Naciones Unidas encargada del seguimiento a la Asamblea, coincidió con ello. "Los españoles lograron jugar un papel ideológico y político importante en la Asamblea. Ellos influyeron en el tema de la elección popular de jueces y el pluralismo jurídico, pero también en el concepto de plurinacionalidad, que está en el nombre oficial del Estado boliviano", contó.

Martínez Dalmau, quien envío unas respuestas por mail para el mencionado reportaje, negó tajantemente todo ello: "Ni el tema de la (unión de la) justicia popular con la formal ni la elección directa de los magistrados ha estado nunca, al menos en mi caso, en mi ámbito de interés. De hecho, cuando escuché sobre la elección directa de los magistrados en la constituyente boliviana le vi más problemas que virtudes. No obstante, los constituyentes lo asumieron como una decisión propia", dijo el constitucionalista al responder el cuestionario mencionado.

Pero hubo más: No sólo que los asesores españoles influyeron en el contenido de la Constitución, sino que prácticamente la redactaron. Como el proceso constituyente boliviano había sido tan obstruido, con largas demoras en Sucre, violentas protestas en La Calancha, cambio de sede al Liceo Militar y finalmente instalación de sesiones en Oruro, las diferentes comisiones de asambleístas del MAS entregaron más de 700 artículos, muchos de ellos mal redactados, incongruentes y contradictorios entre sí. Fue cuando el vicepresidente Álvaro García Linera convocó a algunos abogados para que trabajaran en el edificio de la Lotería, en La Paz, e integrarán a una "comisión de redacción" de la CPE.

REDACCIÓN FINAL

Según Prada, Doria Medina, la también ex asambleísta Rebeca Delgado y Franco Gamboa, los españoles Viciano y Martínez Dalmau fueron dos de los redactores de la CPE boliviana y tuvieron como función ordenar los caóticos artículos que habían redactado los asambleístas del MAS. Nadie podía hacerlo mejor que ellos, pensó García Linera.

Viciano, Martínez Dalmau y sus asistentes bolivianos terminaron a tiempo y de 700 artículos originales concibieron un texto constitucional de 411 artículos. Fue aprobado el 9 de diciembre en Oruro en sólo 14 horas, sin debate alguno excepto oír (pero no aceptar) las observaciones de la solitaria bancada de UN, la única opositora que asistió a la sesión. Ningún artículo fue rechazado, reformado o reescrito.

Viciano y Martínez Dalmau tuvieron todavía un trabajo adicional que hacer. El premio final, digamos: los 411 artículos pasaron a una comisión de estilo y concordancia, que se reunió en La Paz entre el 11 y el 13 de diciembre, en el edificio de la Lotería. Allí los asesores volvieron a trabajar, esta vez en el afinado final.

Martínez Dalmau admitió, en el email mencionado, esa situación: "(...) el proceso de revisión técnica de la Constitución que se aprobó en grande en Oruro fue en el edificio de la Lotería, en La Paz. Yo trabajé unas horas en algunos puntos sobre los que me pidieron asesoría; en esa reunión estaban solo constituyentes, y sus decisiones fueron sobre la coherencia del texto. No estaban ni García Linera ni Evo Morales". Según varias fuentes, no sólo trabajó "unas horas", sino durante todo el proceso de redacción de la nueva Constitución.

También agregó que: "nosotros trabajábamos más en el ámbito técnico y, respecto a temas materiales, en las garantías de los derechos, los mecanismos de democracia participativa y los métodos de control al poder constituido, especialmente al Ejecutivo. Esos eran nuestros puntos fuertes". Precisamente, una forma de control al poder constituido es elegir a jueces por elección directa.

¿Qué dice la Constitución?

Artículo 182. I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal.

II. La Asamblea Legislativa Plurinacional efectuará por dos tercios de sus miembros presentes la preselección de las postulantes y los postulantes por cada departamento y remitirá al órgano electoral la nómina de los precalificados para que éste proceda a la organización, única y exclusiva, del proceso electoral.

III. Las y los postulantes o persona alguna, no podrán realizar campaña electoral a favor de sus candidaturas, bajo sanción de inhabilitación. El Órgano Electoral será el único responsable de difundir los méritos de las candidatas y los candidatos.

IV. Las magistradas y magistrados no podrán pertenecer a organizaciones políticas.

V. Serán elegidas y elegidos las candidatas y los candidatos que obtengan mayoría simple de votos. La Presidenta o el Presidente del Estado ministrará posesión en sus cargos.

Artículo 183. I. Las Magistradas y los Magistrados, no podrán ser reelegidas ni reelegidos. Su periodo de mandato será de seis años.

II. Las Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia cesarán en sus funciones por cumplimiento de mandato, sentencia ejecutoriada emergente de juicio de responsabilidades, renuncia, fallecimiento y demás causales previstas en la ley.

Artículo 188. I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Agroambiental serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismos y formalidades para los miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

Artículo 194. I. Los miembros del Consejo de la Magistratura se elegirán mediante sufragio universal de entre las candidatas y los candidatos propuestos por la Asamblea Legislativa Plurinacional. La organización y ejecución del proceso electoral estará a cargo del Órgano Electoral Plurinacional.

Artículo 198. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional se elegirán mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismo y formalidades de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

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