Friday, December 12, 2014

Estudian experiencias para dar celeridad a procesos penales

Autoridades judiciales y de Defensa Pública de todo el país participaron ayer en un seminario taller, donde se socializaron diferentes mecanismos internacionales para dar celeridad a los procesos de los privados de libertad, reducir las detenciones preventivas y mejorar su permanencia en los recintos penitenciarios.

Por ejemplo, la Defensa Pública de Ecuador ha trabajado en dos pilares; el primero es reducir a cero los detenidos preventivos. Luego, para evitar la retardación de justicia, no se priorizan los casos de escasa relevancia social como los delitos de hurto, lesiones y microtráfico de sustancias controladas.

En este marco, se realizó un análisis detallado de los casos de la Ley 1008 y normativas de otros países. Se evidenció que, en Sudamérica, al igual que en Estados Unidos, la norma legal debería ser aplicada solo para los casos de narcotráfico y no así para microtráfico, como mulas, mochileros y transportadores de sustancias controladas.

Cabe destacar también que, en el caso de las mujeres, el 80 por ciento de las privadas de libertad es por delitos de la Ley 1008. “El microtráfico tiene penas alternativas a la privación de libertad”, acotó el director nacional de Defensa Pública, David Tezanos.

Otra de las alternativas para esta problemática, que fue aplicada por Uruguay y Estados Unidos, fue el establecimiento de un control a la comercialización de la marihuana. “Lamentablemente, Bolivia se ha quedado con la Ley 1008”, dijo la autoridad.

VÍA CIVIL Por su parte, la subprocuradora de Evaluación Seguimiento y Formación de las Unidades Jurídicas de la Administración Pública, Patricia Guzmán, acotó que existen otras salidas alternativas a la detención preventiva en procesos penales, que podrían atenderse a través de la vía civil, que en muchos casos permitiría resarcir los daños sin que se tenga que llegar a la medida cautelar de la detención.

Asimismo, se instó al cumplimiento estricto de la aplicación de la Ley 334, de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, eliminando procedimientos “formalistas y ritualistas”.

También se pidió a los jueces asumir un poder moderador y disciplinario que sancione a los abogados, imputados y fiscales que incurran en “chicanerías” que retardan los procesos.

Acciones como las objeciones de querella, los planteamientos de incidentes, y otras hacen vulnerables al sistema judicial.

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