Sunday, May 7, 2017

Hace seis años En elecciones judiciales ganó el voto nulo

En la primera elección judicial realizada en aquella época resultó como único y claro ganador el voto nulo, que reflejó el total rechazo a la iniciativa del gobierno, ya que en el proceso se observó varias irregularidades.

En ese contexto, Ciro Añez Núñez, abogado, académico y escritor de varios libros jurídicos, reflejó en un artículo titulado la moraleja, todo lo que paso en ese acto eleccionario.

La moraleja que dejó dicha experiencia, es que gran parte de la población estuvo en total desacuerdo no sólo con el proceso electoral judicial, sino también con los candidatos ofrecidos por la Asamblea Legislativa Plurinacional (pues si la mayoría de los votos resultaban ser blancos, ésta experiencia hubiera sido entendida como la aceptación del pueblo al proceso electoral y el rechazo absoluto a todos los candidatos pero al haber resultado el voto nulo como mayoría, implícitamente el soberano ha demostrado tener una convicción y una firme decisión por decantarse a favor del rechazo total), lo cual implica que los magistrados que fueron elegidos en dicha oportunidad adolecieron de legitimación por una gran mayoría de la población, señala.

La pregunta que hasta ahora continúa vigente es: ¿quién defiende el voto de aquellos indignados que votaron nulo, demostrando su total desacuerdo y rechazo? o acaso estos ¿podrían motivar la revocatoria de mandato a los elegidos?, se cuestiona.

Después de haber transcurrido seis años de aquel experimento con malos y hasta pésimos resultados nuevamente el país se apresta a un proceso electoral para la designación de los altos cargos de la justicia mediante sufragio universal.

REGLAMENTO

La prensa nacional informa que el reglamento de preselección de postulantes a magistrados del Órgano Judicial ya fue aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional y se dieron a conocer algunos aspectos, como ser el hecho de que no podrán postularse aquellas personas que fueron dirigentes o candidatos de los partidos políticos u organizaciones políticas; también serán inhabilitados los que tengan parentesco consanguíneo con el presidente, vicepresidente y parlamentarios, sin embargo, esa prohibición, no alcanza a familiares de alcaldes, ministros y gobernadores.

Asimismo, se tiene que el puntaje mínimo sería elevado en el texto final y que la prohibición de militancia política de los postulantes se amplió a cinco años.

Si bien (para este caso en particular) resulta interesante limitar lo que se denomina “puertas giratorias” en la función pública, esto es: evitar que los políticos cuenten con determinadas plazas garantizadas y no les resulte tan fácil andar girando (o pasando) de cargos desde el gobierno a la administración y viceversa; sin embargo, cabe señalar que la verdadera solución al problema de la crisis judicial no consiste únicamente en dificultar aquellos mecanismos de puertas giratorias sino más bien se debiera limitar aquel poder político que pudiera resultar arbitrario, evitando de esta manera la existencia de un Estado corporativo y/o un Estado burocratizado, señala el artículo de Añez.

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