Thursday, November 13, 2014

Ligia Velásquez Castaños Magistrada suspendida del tribunal constitucional plurinaciona

U sted es una de la magistrada procesadas, ¿cómo califica el sistema judicial en Bolivia?

Es buena en esencia, pero los operadores dejan mucho que desear.

¿Y cómo califica a los operadores de justicia?
Los operadores han llevado a la justicia a la perversión absoluta.

¿Lo es con usted?
En este caso, quienes hacen de administradores de justicia han vulnerado absolutamente todos nuestros derechos y garantías, no solamente los que están establecidos en la Constitución, sino los que están en tratados y convenios internacionales.

Han hecho una pantomima de un proceso penal, porque hay que tomar en cuenta que, según la norma, este empieza desde la sindicación en sede administrativa o judicial. Los senadores dicen que el proceso recién comenzará. Eso demuestra que no son la instancia competente. Comenzó desde la denuncia, y ellos no tienen ni idea.

¿En qué medida usted se considera víctima de esta situación de la justicia?
No solamente yo soy víctima, sino todas y todos los ciudadanos que conformamos el Estado lo somos de una desinstitucionalización, de una pérdida del Estado democrático constitucional de derecho, porque la democracia se ha reducido al simple hecho de asistir a votar cada cierto tiempo.

Esa es la expresión mayor de la democracia, y es un concepto cojo, porque esta se debe traducir en el Estado de derecho y eso no pasa actualmente.

¿A qué se refiere?
Hemos aprobado una CPE que fue construida en forma participativa por todos los ciudadanos de este país, y nació de la Asamblea Constituyente en la que los constituyentes recogieron la voz popular a través de encuentros territoriales y audiencias públicas. Esa CPE recogió en el tema de justicia la forma de elección de los magistrados y de autoridades de los tribunales de este país. Y eso no se respeta en este juicio.

La Constitución dice que la facultad de justicia emana del pueblo y se administra por el Tribunal Supremo, los tribunales departamentales y los jueces.

Lo que creó la Ley 044 es una comisión especial, que está prohibida por la CPE, que en el artículo 117 dice que nadie puede ser juzgado por instancias especiales, y eso crea esa ley. Los asambleístas nos quieren convencer de que obedecen los artículos 159 y 160 de la CPE, que deben ser entendidos y analizados en el concepto de la construcción, no aisladamente.

¿Indica que los asambleístas no se pueden atribuir la condición de jueces?
No pueden, ellos son legisladores, están para fiscalizar y sancionar leyes, no para juzgar.

¿Y la Ley del Notariado?
No hicieron la reglamentación, y nunca la hicieron. No es aplicable. Es parte del show.

¿Usted cometió algún delito?
Jamás, aplicamos la ley, y hay que decir que nos juzgan por hacer nuestro trabajo. Los legisladores no conocen ni las leyes que sancionan, y se atribuyen funciones de juzgadores. Son juez y parte, nos procesan por una ley que ellos mismos han sancionado, porque tienen interés directo en esto, y además lo hacen según sus propios intereses, vulnerando la independiencia de poderes

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